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Autónomo en Navarra, País Vasco o territorio común: qué cambia en el día a día fiscal

Principales diferencias entre la Hacienda Foral de Navarra, las tres Diputaciones del País Vasco y la AEAT: modelos, plazos, sistemas de facturación y dónde se paga el IRPF si trabajas a caballo.

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España tiene un sistema fiscal con tres ámbitos territoriales diferentes para los tributos directos y para buena parte de los formales:

  • Territorio común: gestionado por la AEAT. Cubre la mayor parte del Estado.
  • Comunidad Foral de Navarra: gestionado por la Hacienda Foral de Navarra (HFN).
  • País Vasco: gestionado por las tres Diputaciones Forales (Álava/Araba, Bizkaia y Gipuzkoa) en régimen de concierto económico.

Si tu domicilio fiscal está en uno de los territorios forales, no pagas tus impuestos a la AEAT: los pagas al organismo foral. Si te mudas de Málaga a Pamplona, todo tu engranaje tributario cambia de administración.

Esta guía resume las diferencias más prácticas.

La norma que fija el reparto: convenio y concierto

  • Ley 25/2003 del Convenio Económico entre el Estado y Navarra.
  • Ley 12/2002 del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, actualizada por leyes posteriores.

Ambas normas establecen qué tributos son concertados o convenidos (gestionados por las Haciendas forales) y cuáles siguen siendo competencia estatal. Para un autónomo persona física, lo clave es que IRPF e IVA suelen ir a la Hacienda foral si el domicilio fiscal está en el territorio foral.

Dónde tributa el IRPF

Regla general: el IRPF del autónomo persona física se paga donde tiene su residencia habitual (artículo 9 LIRPF y disposiciones forales equivalentes). No depende de dónde factures, sino de dónde vives.

Un autónomo que vive en San Sebastián y factura íntegramente a Madrid paga IRPF a la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Un autónomo que vive en Madrid y factura a una empresa de Bilbao paga IRPF a la AEAT.

Dónde tributa el IVA

Para personas físicas con volumen de operaciones inferior a 10 millones de euros al año, el IVA sigue la misma regla: se paga al organismo del domicilio fiscal.

Por encima de ese umbral, se aplica el régimen de tributación conjunta repartida entre administraciones según el porcentaje de operaciones en cada territorio. Este umbral lo supera muy poca empresa y ningún autónomo persona física típico.

Modelos equivalentes y plazos

Los modelos tienen nombres y numeraciones distintas en cada hacienda, aunque conceptualmente hacen lo mismo. Los plazos habituales son iguales (trimestres cerrados el 20 del mes siguiente) pero conviene verificarlos cada ejercicio en la sede correspondiente.

IRPF trimestral (pago fraccionado)

  • Territorio común: modelo 130 (estimación directa) y modelo 131 (módulos).
  • Navarra: modelo 130 en Navarra es distinto al estatal, aunque comparte numeración. Se presenta en la sede de HFN.
  • Álava: modelo 130.
  • Bizkaia: modelo 130.
  • Gipuzkoa: modelo 130.

La regla del 70 % que exonera a profesionales en territorio común tiene equivalentes forales con redacción propia. Revisa siempre la norma de tu territorio.

IVA trimestral

  • Territorio común: modelo 303 y resumen anual 390.
  • Navarra: modelo F-66 (trimestral) y F-69 (resumen anual).
  • Álava, Bizkaia, Gipuzkoa: modelo 303 foral (mismo número, formato propio de cada Diputación).

Retenciones

  • Territorio común: modelo 111 (trabajadores y profesionales) y modelo 115 (alquileres), con resúmenes anuales 190 y 180.
  • Navarra: modelo 715 (retenciones del trabajo y actividades profesionales), 745 (alquileres).
  • Bizkaia: modelo 110/115 forales, 190/180.
  • Álava y Gipuzkoa: numeraciones foraless análogas.

Declaración anual

  • Territorio común: modelo 100 (renta) — la campaña habitual de abril a junio.
  • Navarra: modelo propio — los plazos suelen ser similares pero con ventanas ligeramente distintas.
  • Álava/Bizkaia/Gipuzkoa: modelos forales, con sus propias campañas.

Sistemas de facturación conformes: Verifactu vs. TicketBAI vs. Navarra

Aquí está la diferencia más práctica en 2026:

Territorio común: Verifactu

Regulado por el Real Decreto 1007/2023. Entrada en vigor escalonada: 1 de enero de 2026 para sociedades y 1 de julio de 2026 para el resto. Huella encadenada, firma, QR y mención "VERI*FACTU".

País Vasco: TicketBAI

Sistema foral propio aprobado antes que Verifactu. Las tres Diputaciones lo han implantado con calendarios propios por sector y por provincia, completándose en los últimos ejercicios. Funciona con XML firmado y envío telemático de cada factura a la Diputación correspondiente, y genera un código TBAI y un QR obligatorio en la factura.

La Hacienda Foral de Navarra ha desarrollado su propio sistema de control de facturación (SIF-N), con requisitos equivalentes a Verifactu/TBAI. Consulta los plazos y detalles en la sede electrónica de HFN.

Un autónomo que se muda entre territorios tiene que cambiar de sistema de facturación conforme al nuevo territorio.

Diferencias frecuentes en la práctica

Tarifas del IRPF

Los tramos del IRPF difieren entre territorios. Cada Hacienda foral y la estatal fijan sus propios tipos marginales, mínimos personales y familiares, y deducciones autonómicas/forales. La carga efectiva para un mismo rendimiento puede variar entre territorios.

Esto es especialmente relevante en tramos altos: las Diputaciones vascas y Navarra han tenido tipos marginales distintos del estatal en los últimos ejercicios.

Deducciones específicas

Cada territorio tiene deducciones propias: vivienda habitual (con condiciones distintas a la estatal, que quedó muy limitada desde 2013), inversiones empresariales, I+D, mecenazgo, familia numerosa. Si operas en foral, el ahorro fiscal puede ser sensiblemente distinto al de un contribuyente estatal.

IS e Impuesto de Sociedades

Para autónomos que se plantean constituir SL, el tipo del Impuesto sobre Sociedades tiene matices forales. En territorio común, 25 % general (15 % primeros dos años para nuevas). En territorios forales, el tipo general y las bonificaciones tienen particularidades.

Cambio de domicilio: qué pasa

Mudarse entre territorios obliga a comunicar el cambio de domicilio fiscal:

  • Modelo 036 (territorio común) o equivalente foral.
  • A partir del cambio, empiezas a tributar en la nueva hacienda. El año del cambio se reparte proporcionalmente según las reglas del convenio/concierto, aunque en la práctica para personas físicas suele aplicarse la residencia predominante (más de 183 días).
  • El sistema de facturación (Verifactu/TBAI/Navarra) debe ajustarse a la nueva normativa desde la fecha del cambio.

La AEAT puede comprobar cambios recientes de domicilio si sospecha que son puramente fiscales. La residencia debe ser real: vivienda, centro de intereses económicos, vínculos familiares.

Doble domicilio o trabajo en varios territorios

Como persona física solo tienes un domicilio fiscal. Si vives parte del año en dos territorios, tributas íntegramente donde tengas la residencia habitual conforme a los criterios del convenio/concierto (normalmente, más de 183 días al año).

Lo que puede pasar es que factures a clientes de otros territorios: eso no cambia dónde tributas tú, solo la hacienda donde ingresas es la de tu domicilio fiscal.

Esto en Berria

Berria detecta el territorio fiscal del autónomo a partir de su domicilio y aplica los modelos, plazos y sistema de facturación conforme al territorio correspondiente: Verifactu en territorio común, TicketBAI en País Vasco con envío por provincia, y el sistema navarro en la Hacienda Foral de Navarra. Las tarifas y deducciones del IRPF también se ajustan a las del territorio, para que el cálculo trimestral y anual refleje la carga real.

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